miércoles, 13 de enero de 2010

JOIN VENTURE.. ¿Riesgo Compartido?


Es un acuerdo bilaterail o plurilteral de voluntades entre personas físicas o morales con algún objetvio común, sin que ello implíque la creación de una persona jurídica propia o nueva. Así pues los socios son igualmente responsables de las pérdidas o ganancias de la operación en cuestió.

Entonces, si hay riesgo por qué alguién querría formar parte de él; muy sencillo, esta forma de asociación es muy socorrida entre las empresas con algún interés común que por alguna dificultad o eventulidad no pueden llevar a cabo el proyecto por sí solas y requieren la cooperación de alguna otra empresa. Además que es bien sabido que "dos cabezas trabajan mejor que una"

Los Joint Ventures son métodos muy conocidos en Estados Unidos y Canadá, para la expansión de negocios. Las grandes y las medianas corporaciones ya se están juntando, las pequeñas empresas también lo pueden hacer sobre unas mínimas bases formales. En Latinoamérica, sólo se están empezando a conocer e implantar formalmente. En México no existe una regulación precisa sobre ellas, no obstante, la jurisprudencia ha ido definiendo las características propias de esta clase de asociaciones.

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